#Politics
Target:
A todos los venezolanos
Region:
Venezuela

HUELGA ELECTORAL INDEFINIDA
EN DEFENSA DE LA SOBERANÍA POPULAR

RESUMEN
La Huelga Electoral Indefinida (H.E.I.) consiste en un acto de resistencia ciudadana en contra de la manipulación del voto. Es, sencillamente, manifestar la propia voluntad de no participar de ahora en adelante en ningún proceso electoral para convalidar otro fraude electoral y una declaración de que esa voluntad permanecerá hasta que se logre el objetivo planteado, que no es otro que desmontar todos los elementos del proceso y sus actores responsables del fraude; es decir, restablecer la confianza en el sistema electoral, lo cual sólo es posible con la salida del régimen. Invisibilizar electoralmente a la diáspora es una violación de derechos civiles, a una población que superará fácilmente el 15% de un Registro Electoral debidamente auditado.

Nuestra propuesta está basada en los aspectos siguientes:
1. Votar en tiranía es una farsa;
2. Ejercer el voto en dictadura consolida al régimen;
3. La H.E.I. se puede hacer ya, sólo depende de la voluntad del ciudadano;
4. Es una acción contundente de rechazo al régimen;
5. Materializa la desobediencia civil;
6. El derecho a huelga es constitucional;
7. Contribuye a crear el clima interno necesario para la ayuda humanitaria;
8. Mientras desconocemos al régimen nos organizamos electoralmente, a través del SAI;
9. La H.E.I. consolida la unidad de lucha en contra del despotismo; y,
10. Contribuye al rescate de la soberanía ciudadana para restablecer la Democracia.

HUELGA ELECTORAL INDEFINIDA
EN DEFENSA DE LA SOBERANÍA POPULAR

La auténtica voluntad de la ciudadanía, también conocida como la soberanía popular, es el pilar fundamental que da legitimidad institucional tanto a la República, como al sistema democrático. Así, una República y un sistema democrático, tienen legitimidad, fundamentalmente, cuando está garantizado el derecho que la ciudadanía posee para elegir a sus representantes o expresar su decisión sobre alguna materia pública, a través del voto libre, universal, directo y secreto.

Todo ciudadano debe exigir y proteger su derecho para elegir o decidir. Por consiguiente, es una responsabilidad ciudadana y un deber constitucional, desconocer todo aquel factor que conspire o anule a la República y al sistema democrático. Debemos entender que el voto es un instrumento que sólo tiene validez republicana, democrática y constitucional, siempre y cuando esté garantizado el derecho ciudadano a elegir o decidir de manera libre, universal, directa y secreta.

Quien se diga demócrata, jamás aceptará cualquier otra opción distinta al respeto por la auténtica expresión de la soberanía popular; ya que sólo la duda, implicaría la negación del insustituible poder ciudadano, como pilar de una República y un sistema democrático legítimos.

La Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela obliga a todos y cada uno de los ciudadanos a respetar, obedecer y defender sus preceptos, ignorando cualquier acción o instrucción que contravenga al orden constitucional.

El voto en Venezuela es un Derecho Humano internacionalmente reconocido. El Congreso de la República de Venezuela decretó la Ley Aprobatoria de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, "Pacto de San José de Costa Rica", en cuyo texto se indica: “Artículo 1ro. Se aprueba la Convención Americana sobre Derechos Humanos, Pacto San José de Costa Rica, suscrito en la Conferencia Interamericana Especializada sobre Derechos Humanos, en San José de Costa Rica, el 22 de noviembre de 1969”. Esta Ley se publicó en la Gaceta Oficial de Venezuela No. 31256 del 14 de junio de 1977. De allí el Art. 23, Aparte 1b, indica: “Todos los ciudadanos deben gozar de los siguientes derechos y oportunidades:” b.- De votar y ser elegidos en elecciones periódicas, auténticas, realizadas por sufragio universal e igual por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores...”. Ese derecho lo tenemos los venezolanos por Ley desde 1977.

El mismo derecho humano de elegir de manera auténtica a nuestros representantes nos viene también por el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que es Ley en Venezuela desde 1978. El Congreso de la República de Venezuela decretó la Ley Aprobatoria del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y cuyo primer artículo reza: “Artículo 1ro. Se aprueba el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 16 de diciembre de 1966, suscrito por la República de Venezuela el 24 de junio de 1969”.

Nuestro país siempre fue pionero en la defensa de los Derechos Humanos, precisamente en los periodos satanizados por el principal violador de derechos humanos de la historia contemporánea de Venezuela, Hugo Chávez. El Artículo 25 del Pacto en su aparte b.- reza: “Artículo 25. Todos los ciudadanos gozarán, sin ninguna de las distinciones mencionadas en el artículo 2, y sin restricciones indebidas, de los siguientes derechos y oportunidades: b) Votar y ser elegidos en elecciones periódicas, auténticas, realizadas por sufragio universal e igual y por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores…”.

Adicionalmente, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, adoptada y proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas (ONU) en su Resolución 217 A (III), de 10 de diciembre de 1948, en su Artículo 21, numeral 3 reza: “La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.”. Venezuela al suscribir los postulados y principios contenidos en la Declaración Universal se comprometió ante la Comunidad Internacional a hacer efectiva su vigencia.
Los tres principales instrumentos de carácter internacional que respaldan nuestra exigencia a procesos electorales justos y auténticos citan este concepto y los tres han sido aceptados por nuestro país antes de la existencia de este gobierno violador de Derechos Humanos, ya sea mediante leyes internas antes de la vigencia de la Constitución de 1999 y ahora más todavía con ella; y, son parte integral de nuestro ordenamiento jurídico.

Venezuela es pionera en la institucionalización del voto como Derecho Humano en el continente, mucho antes de que este apareciera en la Declaración Universal de la ONU. La Declaración Americana, mejor conocida como la Declaración de los Derechos y Deberes Internacionales del Hombre, producida en la Novena Conferencia Internacional Americana en Bogotá, Colombia del 30 de Marzo al 2 de Mayo de 1948, fue precursora de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

En esa conferencia se creó la Organización de los Estados Americanos-OEA con la firma de La Carta de la OEA el 30 de Abril de 1948 en la “Quinta de Bolívar” en Bogotá. Eso es poco conocido por los venezolanos. Rómulo Betancourt presidió esa Conferencia enviado por el Presidente de Venezuela, Rómulo Gallegos. En su Artículo XX, la Declaración Americana reza: “Toda persona, legalmente capacitada, tiene el derecho de tomar parte en el gobierno de su país, directamente o por medio de sus representantes, y de participar en las elecciones populares, que serán de voto secreto, genuinas, periódicas y libres”.

En el informe anexo al Proyecto definitivo de la Declaración Americana, se justificó el Artículo XX de la siguiente manera: “Siendo el del sufragio un derecho primordial en la organización democrática, cuya base se halla precisamente en la facultad del pueblo de escoger libremente a sus representantes y dirigentes, subrayamos que el Artículo es trascendental, más de nada valdrá si no es cumplido lealmente, si en la realidad no se crea un mecanismo que registre con fidelidad la voluntad popular, si los gobiernos y los estadistas de América no se empeñan en mejorar las costumbres políticas y en que sus reiteradas protestas y declaraciones a favor de la democracia estén acompañadas por un esfuerzo tesonero con el fin de que en terreno de los hechos el sistema democrático sea aplicado y respetado, así como constantemente perfeccionado” (1). De allí que debemos defender nuestra condición de precursores en la defensa del voto libre y auténtico.

Hace poco más de 70 años los venezolanos estrenamos nuestro ejercicio de la soberanía popular, en elecciones que fue posible convocar gracias a la Constitución aprobada el 5 de julio de 1947. Ese fue un logro de la Constituyente de 1946. Las elecciones las rigió un estatuto electoral que prescribía el sufragio universal, directo y secreto. Esta experiencia, nunca antes vivida por los venezolanos, se realizaba bajo el control y la guardia de un Consejo Supremo Electoral democráticamente constituido. El resultado de esta novedosa experiencia, sometida a muy difíciles y sanguinarias pruebas, fueron cuatro décadas de Democracia que consolidaron la conciencia de participación del ciudadano en la formación, el ejercicio y la finalidad del Poder Público, fundamentos de la Democracia.

Sobreponiéndose a todas las arterías, nació entonces en el venezolano la que llegó a consolidarse como una poderosa creencia: la que vincula el ejercicio electoral con la vigencia de la Democracia. Esto ha sido así hasta el punto de que tiranías y dictaduras militar-militaristas no se han atrevido a prescindir del principio de la soberanía popular, confiando en que la conciencia democrática del ciudadano venezolano podía ser manipulada, a la par que se subvertían las instituciones, para dar una apariencia de legitimidad a su empresa de saqueo del erario público y de corrupción de la vida política, disfrazando de “verdadera Democracia” aun el más grosero despotismo. La arraigada convicción ciudadana, sembrada por la Democracia y preservada desde 1946 como la más lograda reivindicación democrática – el ejercicio de la soberanía popular –, ha sido pervertida de fuente de Democracia en epitafio de la Libertad.

Venezuela vive una Dictadura. Los venezolanos que la padecemos dentro del territorio nacional y quienes conforman la diáspora, hoy invisibilizada a todos efectos, necesitamos actuar con valentía para salvar la República, en trance de desaparecer y ser sustituida por un régimen totalitario, con absoluto desprecio a la libertad y a los derechos humanos. Nos hallamos hoy ante una maniobra groseramente continuista, mediante la cual se nos incita a cohonestar, llevando la honestidad hasta la candidez, participando en una farsa electoral donde tanto el acto, como los actores y sus instituciones se encuentran viciados de nulidad, en cuanto a forma y fondo, y han sembrado una gran desconfianza ciudadana, la más grande de nuestra historia republicana.

La agudización de la crisis venezolana ha aumentado progresivamente, durante el 2017 y lo que va del año en curso, confirmando que el sistema de gobierno presidido por Maduro liquidó a la Democracia, arruinó al país y pretende permanecer en el poder indefinidamente, tras una fachada democrática que debemos desmontar, definitivamente.

La República se pierde, la Constitución está desdibujada, la dirección de la administración de gobierno está en manos de la ineptitud, incrementándose día a día la corrupción moral e ideológica. ¿Se podrá recuperar a Venezuela de este caos económico, moral e institucional?

Cualquier convocatoria electoral sin un cambio sustancial del sistema electoral venezolano estará plagada de irregularidades, desde el origen hasta el desarrollo de la misma, ya que no serán convocadas por los legítimos representantes del pueblo en la Asamblea Nacional, sino por la asamblea nacional constituyente o el CNE, entes fraudulentos; además, el manejo y control sobre los recursos electorales (registro electoral, financiamiento de campañas y sistema de votación) y los medios de comunicación, resultan groseras desventajas para la medición de las candidaturas. Sirven sólo para promover a los candidatos oficialistas, para la persecución del pensamiento divergente y la inhabilitación de los líderes fundamentales de los partidos opositores. En consecuencia, en la mayoría de los casos, esas candidaturas terminan siendo hechura del mismo régimen.

Una participación condicionada, sin libertad y transparencia, no puede considerarse un acto legítimo electoral; por lo tanto, la respuesta del pueblo venezolano no puede ser otra que exigir condiciones electorales democráticas. Bajo el chantaje de la penalización por no votar y la parcialización del CNE, quieren acorralar al pueblo venezolano, quien no se rinde y luchará por defender su Democracia.

Los venezolanos debemos ser garantes del cumplimiento de la decisión del 13 de junio de 2018 de la Sala Electoral del TSJ legítimo en el exilio que declara “NULO E INAPLICABLE el uso del sistema automatizado de votación y escrutinio que actualmente existe en Venezuela para la elección de los cargos de representación popular de los poderes públicos, así como para la celebración de los referendos, en los términos señalados en el artículo 293.5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela”, y se ordenó al Consejo Nacional Electoral (CNE), como órgano rector de los procesos electorales, “…la DEPURACION Y ACTUALIZACION del Registro Nacional Electoral, debiéndose efectuar las debidas correcciones sobre la identidad de cada ciudadano venezolano o extranjero habilitado para ejercer el voto, así como el diseño e implementación de un sistema de votación y escrutinio fundamentalmente manual, en donde el uso de la tecnología e informática sea auxiliar y sólo en beneficio de la celeridad, publicidad, transparencia y eficiencia del voto, escrutinio y totalización, sin que ello implique limitación del derecho de participación de los electores y de los partidos u organizaciones políticas, en plena garantía de la confianza pública del ejercicio del sufragio”. Igualmente se exhortó a la Asamblea Nacional a “iniciar el proceso de selección y designación de nuevos Rectores del Consejo Nacional Electoral, garantizando árbitros idóneos e imparciales, no vinculados a organizaciones con fines políticos, que puedan generar la imparcialidad, transparencia y eficacia en la organización, administración, dirección y supervisión de los próximos procesos electorales”. (2)

El CNE y la Asamblea Nacional han ignorado estas disposiciones y, sin cumplirlas, se disponen nuevamente a efectuar un nuevo proceso electoral el venidero 9 de diciembre de 2018 en las mismas condiciones fraudulentas conocidas. Esas elecciones desde ya son NULAS de acuerdo a esa sentencia del 13 de Junio de 2018.

En la actual coyuntura, es deber ciudadano no dejarse manipular por la publicidad del régimen, ni tampoco por las candidaturas supuestamente de oposición que le hacen comparsa, para realizar un proceso electoral absolutamente antidemocrático. Permitir, mansamente, la realización de elecciones, en las presentes circunstancias, es cometer un error histórico. No debemos permitirlo.

Votar el 9 de diciembre, o en futuras elecciones organizadas por la dictadura, lejos de acercarnos a una solución a los problemas del país, agravaría la crisis. No podemos pensar que el ejercicio del sufragio en las condiciones actuales, con un CNE parcializado – apéndice del Gobierno –, y con un sistema comprobadamente manipulado a favor del régimen, garantiza el respeto a la soberanía popular. Por el contrario, votar en este contexto, significaría oxigenar la poca vida que le queda a la narco-tiranía, además de enviar un mensaje confuso a las naciones libres del mundo que nos han venido apoyando y están dispuestas a continuar haciéndolo.

No es momento de vacilaciones. El venezolano ha avanzado mucho en el entendimiento de lo que debe ser su rol, en el ejercicio de su ciudadanía y como factor de presión al Poder Público, para su mejor desempeño democrático. De otra parte, el Gobierno ignora el por qué el ciudadano siempre ha sido propenso a participar en eventos electorales, creyendo que simplemente el venezolano acude a votar porque tiene que hacerlo, como cumpliendo un ritual. No es así; el ciudadano tiene conciencia del significado de vivir en Democracia, porque la experimentó durante 40 años. Para el Gobierno, el significado del voto no es el mismo que para nosotros los ciudadanos, como demócratas. El “firmazo” del 16 de julio de 2017, consulta popular convocada por la Asamblea Nacional, fue una muestra de esa madurez política del ciudadano. En esa coyuntura, quienes se quedaron cortos en sus realizaciones fueron los dirigentes políticos, quienes no supieron darle cumplimiento a los compromisos adquiridos con el país, como resultado de esa jornada cívica, no los ciudadanos.
No podrá haber elecciones libres y auténticas, mientras el gobierno mantenga un control todopoderoso del Poder Público, a través de una camarilla que obedece a sus intereses particulares y no a los intereses de los ciudadanos. No hay elecciones auténticas cuando a los venezolanos de la diáspora se les niega el derecho a votar. Únicamente, cuando se restablezcan las condiciones para votar en libertad, podremos decir que hemos salvado la República, mientras tanto, la lucha debe ser permanente y sin desviaciones hacia lo intrascendente. Esta lucha la daremos manifestando nuestra determinación a no seguir aceptando de ahora en adelante que se lleven a cabo farsas electorales, como la planteada para el venidero 9 de diciembre, convocando a los ciudadanos a una Huelga Electoral Indefinida (H.E.I.) en defensa de la Soberanía Popular, como una acción de resistencia civil ciudadana.

Firman:

Adriana Vigilanza García C.I. 6.554.297
Alfredo Weil C.I. 1.753.257
Ana Elina Aguana C.I. 5.977.629
Blanca Rosa Mármol de León C.I. 3.251.313
Carlos Blaumann C.I. 6.560.382
Diego Enrique Arria C.I. 1.714.176
Eduardo Colmenares Finol C.I. 1.524.040
Enrique Colmenares Finol C.I. 1.556.712
Esperanza Putignano C.I. 5.744.295
Gastón González C.I. 2.938.853
Genaro Mosquera C.I. 2.066.868
Iñaki Gainzarain C.I. 4.774.127
José Domingo Blanco Estrada (MINGO) C.I. 4.164.272
José María Rodríguez C.I. 5.224.624
José Méndez C.I. 4.524.944
José Vicente Haro C.I. 13.066.473
Luis Francisco Granados Mantilla C.I. 3.073.116
Luis López C.I. 2.101.743
Luis Manuel Aguana C.I. 3.663.266
Maigualida Aguana C.I. 5.019.956
Roberto Pacheco C.I. 10.332.442

Referencias
(1) 60 Años de las Declaraciones Internacionales de los Derechos Humanos, Universidad Monte Avila-Fundación Konrad Adenauer Stiftung, 2008. ISBN 978-980-12-3530-9
(2) Sentencia de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia Legítimo del 13 de Junio de 2018, SE-2018-001, que declara la NULIDAD DEL SISTEMA ELECTORAL VENEZOLANO

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